El Senado aprobó la prórroga y la reforma de la ley de barrios populares promovida por las organizaciones sociales que apunta a declarar la emergencia socio urbana, sanitaria y ambiental en los barrios populares por el plazo de dos años, garantizar los servicios públicos, incorporar la perspectiva de género como criterio de prioridad para la titularidad de las viviendas y prohibir los desalojos por 10 años.
Con 64 votos a favor y uno en contra (de la senadora del PRO Álvarez Rivero), la Cámara alta convirtió en ley la reforma con el respaldo del oficialismo y la oposición, ante la mirada de la ministra de Desarrollo Social, Victoria Tolosa Paz, que siguió el debate desde una de las gradas del hemiciclo del recinto.

El derecho a la vivienda digna
El proyecto además promueve el fortalecimiento del acceso a los servicios públicos, garantizando una tarifa social a aplicarse en todos los conglomerados incluidos en el Registro Nacional de Barrios Populares (ReNaBaP).
Asimismo, la normativa incorpora la adquisición de tierras para la producción de nuevo suelo urbano al conjunto de acciones comprendidas dentro de la «integración socio urbana», definida en el artículo 1 de la ley 27.453.
«Se trata de consolidar una política pública que no solo surge de los propios afectados, sino que además en los últimos años ha demostrado ser una herramienta fundamental para generar trabajo, inclusión social y el acceso a una vivienda digna», afirmaron desde la Mesa Nacional de Barrios Populares sobre la reforma legislativa.
Durante la sesión, la vicejefa del interbloque del Frente de Todos, la mendocina Anabel Fernández Sagasti, destacó que esta «es una ley que surgió de las organizaciones en los barrios» que fue «muy militada, consensuada y luchada en las calles».
«La política escuchó ese reclamo, y esa ley salió. Lo bueno es que pasaron dos gobiernos de distintos signos políticos y estamos juntos generando certezas», abogó.
Mientras tanto, en las inmediaciones del Palacio Legislativo, organizaciones sociales y movimientos populares se manifestaron
Ejecución
Todos los niveles de gobierno y organismos intervinientes deberán implementar las medidas adecuadas para asegurar su inclusión y la asequibilidad para, gradualmente, constituirse en usuarios formales de los servicios públicos, debiendo adaptar las normativas para facilitar la realización de tal derecho.
También se declara la emergencia socio urbana, sanitaria y ambiental en los Barrios Populares identificados en el Registro Nacional de Barrios Populares en Proceso de Integración Urbana por el plazo de dos años desde la entrada en vigencia de la presente norma.
Finalmente, se establece que el 75 %, como mínimo, de los fondos del fideicomiso deberán destinarse a la urbanización e integración socio urbana de los asentamientos y Barrios Populares; el desarrollo de infraestructuras necesarias para establecer condiciones en el hábitat y las viviendas; y otros destinos relacionados al acceso a la urbanización, integración socio urbana, la adquisición de tierras para la producción de nuevo suelo urbano y/o regularización dominial.
Fuente: Agencia Télam



