El derecho a ejercer la libertad de reunión, a veces denominado libertad de asociación, se encuentra actualmente bien documentado por el derecho internacional. (…) En algunos discursos sobre los derechos humanos, se lo describe como una forma fundamental de libertad, “ la libertad de reunion” que cualquier gobierno está obligado a proteger sin ningún tipo de interferencia (el uso del poder policial y judicial de hacer arrestos o detenciones de manera indefinida, acosar, agredir o hacer desaparecer).(…) La libertad de reunión es algo distinto que un derecho especifico protegido por leyes nacionales o internacionales, incluidas las leyes de derechos humanos. De hecho, la libertad de reunión bien puede ser una precondición de la política misma. (…)
Aunque se supone que los funcionarios electos representan la soberanía popular (o, más específicamente, la “voluntad popular”) en virtud de haber sido elegidos por la mayoría de los habitantes, de ello no se deduce que la soberanía popular se agota en el proceso electoral o que las elecciones transfieran completamente la soberanía de los habitantes a sus representantes electos. El pueblo sigue separado de sus representantes, y puede continuar protestando contra las condiciones y resultados de las elecciones tanto como contra los actos de los funcionarios electos. Así, en ocasión del voto, la “soberanía popular” se traduce en poder electoral, pero la traducción nunca es completa. Una parte de la soberanía popular permanece intraducible desde el momento en que puede derribar un régimen tanto como elegirlo. En tanto la soberanía popular legitima formas de poder parlamentarias, retiene también el poder de deslegitimarlas. Si las formas de poder parlamentarias requieren de la soberanía popular, seguramente también le temen, porque hay algo en la soberanía popular que se opone y excede cualquier forma parlamentaria instituida por ella.(…). En otras palabras, las condiciones de un Estado democrático dependen finalmente de un ejercicio de la soberanía popular que ningún orden democrático logra contener del todo. Podría ser pensada como un poder extraparlamentario sin el cual ningún parlamento puede funcionar…
(…) Cuando la riqueza se encuentra acumulada entre el 2% de la población, y un número creciente de personas pierden sus viviendas y sus puestos de trabajo, entonces la gente está claramente dividida a lo largo de líneas de clase, y el poder económico se distribuye de una forma radicalmente inequitativa. Cuando aquellos que se enfrentan con una perspectiva acelerada de precariedad salen a la calle y comienzan a protestar diciendo “nosotros, el pueblo”, están afirmando que ellos, aquellos que están allí y hablan, se identifican como “el pueblo”. Están (…) trabajando en contra del olvido. (…) Podría decirse que están afirmando la igualdad en medio de la desigualdad…”
(Judith Butler, “Nosotrxs el Pueblo. Apuntes sobre la libertad de reunión”. 2013)