Este domingo son las elecciones generales en la Argentina. En este llamado a las urnas se votará a las próximas autoridades ejecutivas y legislativas nacionales.
El domingo 22 de octubre se realizarán las elecciones generales de 2023 en toda la Argentina. En este llamado a las urnas se elegirá, entre otros cargos, a la próxima fórmula, de presidente y vicepresidente, que asumirá el próximo 10 de diciembre.
¿Qué se vota en las elecciones?
El próximo domingo las elecciones generales son presidenciales y legislativas. Es decir, que se define quién ocupará la titularidad del Poder Ejecutivo y también buena parte de la composición del Poder Legislativo Nacional.
Entre otros cargos, se vota al próximo presidente o presidenta de la Nación o a quiénes serán los 2 candidatos que compitan en el balotaje del próximo 19 de noviembre.
A nivel nacional, además de los cargos de presidente, vicepresidente, se elegirán 130 diputados y 24 senadores nacionales. También se elegirán 19 parlamentarios del Mercosur por distrito nacional y 24, por distrito regional.
En el Congreso se renuevan 130 bancas de Diputados y un tercio del Senado. La Cámara alta se renueva cada dos años, de a tercios, y sus parlamentarios tienen seis años de mandato. Las provincias que votan a sus representantes este año son Jujuy, La Rioja, San Luis, Buenos Aires, Formosa, Misiones, San Juan y Santa Cruz.
Asimismo, a nivel provincial, el 22 de octubre también se celebrarán elecciones generales para cargos provinciales en la Provincia de Buenos Aires, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Catamarca y Entre Ríos. Allí se elegirán gobernadores, parlamentarios locales y autoridades municipales en paralelo con los comicios nacionales.
También se define la composición del Parlasur, que es el Parlamento del Mercosur. En esta ocasión, la Argentina elige a 19 representantes en una lista nacional cuyos votos se suman como un distrito único, y otros 24 en el nivel regional por cada una de las provincias y la ciudad de Buenos Aires.
¿Quiénes son los candidatos presidenciales?
Los comicios del 22 de octubre reúnen a los candidatos que superaron a sus rivales en las internas partidarias de las PASO o superaron el piso previsto de 1,5 por ciento del padrón electoral previsto en dicha instancia.
Los candidatos presidenciales en las Elecciones 2023 son: Javier Milei (La Libertad Avanza), Patricia Bullrich (Juntos por el Cambio), Sergio Massa (Unión por la Patria), Juan Schiaretti (Hacemos por Nuestro País) y Myriam Bregman (Frente de Izquierda y de Trabajadores).
¿Dónde voto?
En la página de la Cámara Nacional Electoral (CNE) se puede consultar dónde se votará en las elecciones generales del 22 de octubre. También se puede consultar el padrón electoral llamando a la línea gratuita: 0800-999-7237.
Como explica la Dirección Nacional Electoral (DINE), el lugar de votación de las elecciones generales suele ser el mismo que el de las Elecciones PASO, pero puede ocurrir que haya cambios, por lo que se recomienda que antes del día de la elección se haga una nueva consulta.
¿Qué documentos son válidos para votar en la Argentina y en el extranjero?
Las personas deberán presentarse en la mesa que les fue asignada con cualquiera de los siguientes documentos: la libreta de enrolamiento o libreta cívica, el DNI libreta verde, el DNI libreta celeste, la tarjeta del DNI libreta celeste (incluso el que contiene la leyenda «No válido para votar») o el nuevo DNI tarjeta. Cualquier DNI sirve para votar, siempre y cuando sea el mismo que figura en el padrón o una versión posterior.
No podrán votar quienes presenten el «DNI en su celular» o DNI digital, según explica la CNE.
Para las personas que viven fuera del país el voto es optativo y están automáticamente habilitadas para votar, mientras tengan DNI argentino y domicilio en el exterior.
¿Cuáles son los diferentes tipos de votos?
Es necesario distinguir entre las distintas categorías de sufragio detalladas por la Dirección Nacional Electoral:
Voto válido
Es el emitido mediante boleta oficializada aun cuando tuviere tachaduras de candidatos/as, agregados o sustituciones (borratina), siempre que el encabezado se encuentre intacto. Si un mismo sobre contuviera dos o más boletas oficiales del mismo partido y categoría de candidatos, solo se computará una de ellas, y se destruyen la o las restantes.
Voto afirmativo o positivo
Es la expresión de la voluntad política de los/as electores/as dirigida a favor de una agrupación política en una categoría determinada, y que se manifiesta mediante boleta oficializada.
Voto nulo
Se considera voto nulo el emitido mediante boletas no oficializadas, boletas que no contengan, por lo menos, el nombre del partido y la categoría de cargos a elegir y los que se realicen con una boleta oficializada que contenga inscripciones y/o leyendas de cualquier naturaleza, salvo los supuestos de voto válido.
También es considerado nulo si en el sobre junto con la boleta se encuentran objetos extraños, tales como monedas o estampitas, hay boletas de distintas agrupaciones para un mismo cargo
Voto recurrido
Es aquel cuya validez o nulidad fuere cuestionada por el/la fiscal presente en la mesa. En este caso, el/la fiscal deberá fundar su pedido con expresión concreta de las causas que se asentarán sumariamente en volante especial que proveerá la Junta.
Voto de identidad impugnada
Es aquel emitido por un elector cuya identidad fue cuestionada por las autoridades de mesa o los fiscales. Este tipo de voto se contabiliza, pero no se escruta, sino que se envía cerrado a la Justicia Nacional Electoral para que ésta decida sobre su validez o nulidad.
Este procedimiento debe seguirse en el caso de que se presente un elector identificado –con un grisado- en el padrón como “ausente por desaparición forzada”.
¿Qué pasa si soy autoridad de mesa y no puedo ir?
Tras su designación, los elegidos como autoridad de mesa tienen un plazo de 3 días para excusarse de cumplir ese rol, aunque debe ser por una causa justificada ya que para la Justicia electoral se trata de una “carga pública irrenunciable”.
El Código Electoral Nacional prevé penas de 6 meses a 2 años de prisión para las autoridades de mesa que no asistan a cumplir sus funciones sin haberse excusado, es decir, que en la máxima pena prevista para ese delito no hay pena de prisión efectiva.
¿Qué pasa si no voto?
Todos los argentinos nativos o por opción (es decir, cuando una persona es hija de padres argentinos y elige esta nacionalidad) desde los 16 y hasta los 70 años están obligados a votar en las elecciones de 2023. En el caso de las personas naturalizadas (extranjeros que obtuvieron la ciudadanía del país), el deber rige desde los 18 años.
En caso de no votar, estos electores deben afrontar el pago de una multa o pueden recibir sanciones, salvo que se encuentren dentro de los grupos de exceptuados y justifiquen su ausencia en los comicios, de acuerdo con el Código Electoral Nacional.
¿De cuánto es la multa por no ir a votar?
Las personas que no asistan a votar, y no justifiquen su inasistencia ante la Justicia Electoral Nacional dentro de los 60 días posteriores a la elección, deberán pagar una multa de entre $ 50 y $ 500. El monto a pagar depende de la cantidad de infracciones previas, de acuerdo con lo que establece la Acordada 37/2013 de la Cámara Nacional Electoral.
En caso de no hacerlo, el Código dispone en su artículo 125 que el infractor no podrá desempeñar funciones o empleos públicos durante 3 años. Tampoco podrá realizar gestiones o trámites durante 1 año ante los organismos estatales nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipales.
Si no voté en las PASO, ¿puedo votar en las elecciones presidenciales?
Sí. No participar en las elecciones primarias de agosto no exime a la persona del derecho y la obligación de sufragar en los comicios generales de octubre.
¿Hasta qué hora puedo votar?
Se puede votar desde la 8 de la mañana hasta las 18 horas. En ese momento, se cierran las puertas de los centros de votación y las autoridades de mesa deberán esperar que terminen de votar todas las personas que ingresaron antes.
¿Qué pasa si hay balotaje?
Si en las elecciones generales del 22 de octubre ninguno de los candidatos consigue el porcentaje definido por la Constitución nacional para ganar en primera vuelta, se realizará una segunda vuelta o un “mano a mano” entre las 2 fórmulas más votadas para definir al próximo presidente.
Los artículos 97 y 98 de la Constitución establecen que un presidente asume su cargo cuando su fórmula ha obtenido más del 45% de los votos afirmativos o por lo menos el 40% de los votos y una diferencia porcentual mayor a 10 puntos con respecto a la fórmula que le sigue en cantidad de votos.
Si ninguna de las 2 condiciones que se detallaron arriba se cumple, ahí aparece la segunda vuelta, que deberá ocurrir en los 30 días posteriores a la elección general. Entonces, una hipotética segunda vuelta electoral en las Elecciones de 2023 está estipulada, según los plazos de la Cámara Nacional Electoral, para el domingo 19 de noviembre.