Organizaciones de la comunidad LGBTIQ+ rechazaron este martes en Diputados el DNU del presidente Javier Milei que modifica la Ley de Identidad de Género y prohíbe los tratamientos de hormonización o cualquier adecuación física en menores de 18 años.
Más de 100 organizaciones expusieron en la Comisión de Mujeres y Diversidad. «Un DNU es una decisión de un monarca que toma las decisiones sin escuchar a otro, cuando la regla que gobiernan a una sociedad democrática», cuestionó la abogada del Foro Argentina contra la Transfobia, Cristina Monserrat Hendricse.
Adrián Hielen, jefe de Transgénero del Hospital Durand, expuso en la Comisión y afirmó que «los equipos que trabajamos en salud trans no fuimos consultados» antes de firmar el DNU 60/2025. Advirtió de la «angustia» que viven muchos pacientes y médicos y afirmó: «Hay miedo de hacer una receta, intervenir, acompañar» a los pacientes.
La presidenta de la Comisión de Mujeres y Diversidad, Mónica Macha, de Unión por la Patria, se sumó a los cuestionamientos al DNU de Milei. En este sentido, señaló: «el mileísmo plantea que no se meterían con lo que cada uno quiere hacer en la cama, que es volver a pensar el concepto de lo privado, pero no en lo público, y esto es un retroceso conceptual enorme»
Junto a más de 100 activistas y organizaciones LGTBINB+ trabajamos sobre acciones contra los decretos de Javier Milei que atentan contra la Ley de Identidad de Género.
¡Vamos en busca de declarar nulo de nulidad absoluta los decretos 61 y 62! pic.twitter.com/ZAs6bRwzQ2
— Mónica Macha (@MoniMacha) February 11, 2025
La Ley de Identidad de Genero que pretende modificar el Gobierno fue votada con amplio consenso por el Congreso Nacional en 2012. La norma reconoce el derecho de cualquier persona a que se reconozca su identidad de género auto percibida y garantiza el cambio de datos personales o tratamientos de salud en el caso de ser requeridos.
Para el caso de los menores de edad que soliciten tratamientos de salud para cambios de sexo o adecuación física de acuerdo a la identidad auto percibida, la ley establece que deberá ser por sus representantes legales con su expreso consentimiento y que es necesario contar con una resolución judicial que lo avale.