Dic 08 2024
Dic 08 2024

Reglamentaron la Ley de Blanqueo de Capitales y Moratoria Fiscal

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Lo hizo el Gobierno por medio del Decreto 608, publicado en el Boletín Oficial. Las normas habían sido aprobadas por el Congreso semanas atrás.

El Gobierno publicó este viernes en el Boletín Oficial el decreto reglamentario de la Ley de Blanqueo de Capitales y Moratoria Fiscal, aprobada semanas atrás por el Congreso en medio de la discusión de la Ley Bases.

La normativa establece las condiciones y procedimientos para la implementación del Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de la Seguridad Social, así como el Régimen de Regularización de Activos.

Entre los puntos más destacados de la reglamentación se encuentra la definición de los plazos para la adhesión al régimen, indicó la agencia Noticias Argentinas.

Los contribuyentes podrán manifestar su adhesión y realizar el pago adelantado obligatorio hasta el 31 de julio de 2025. Además, se establece que el tipo de cambio para determinar la base imponible será de 1.000 pesos por dólar estadounidense.

El decreto también aclara aspectos sobre la regularización de criptomonedas y activos virtuales, estableciendo que estos se considerarán del país si están en custodia de proveedores de servicios inscriptos ante la Comisión Nacional de Valores.

En cuanto al Régimen Especial del Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP), la reglamentación detalla cómo se determinará la residencia fiscal de los contribuyentes y las condiciones para la adhesión al régimen.

Asimismo, se incluyen disposiciones sobre el tratamiento de las donaciones y transferencias de bienes a familiares, estableciendo un impuesto adicional para evitar maniobras elusivas.

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