El Ministerio de Seguridad enumeró una serie de armas que las fuerzas federales podrán utilizar para «la inmovilización o incapacitación de agresores».
El Ministerio de Seguridad, a cargo de Patricia Bullrich, reglamentó el uso de armas no letales en las fuerzas para la captura de agresores, como las pistolas eléctricas Taser, entre otras.
La Resolución 2024-704, publicada en el Boletín Oficial, establece que «los funcionarios de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales utilizarán armamento no letal para la inmovilización o incapacitación de agresores siempre que lo tuvieran provisto (…), en aquellas circunstancias en las que la utilización de un arma letal excediera la necesidad derivada de la amenaza o pudiera generar un riesgo de vida o de lesiones para terceras personas presentes en el lugar».
La reglamentación declara que los efectivos “deberán identificarse como tales a viva voz, advirtiendo su inmediata intervención, salvo que dicha manifestación pueda suponer un riesgo de muerte o lesiones para terceras personas, para el agresor, o para el personal de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales o cuando ello resultare evidentemente inadecuado o inútil, dadas las circunstancias del caso”.
Por otra parte, si el agresor avanza hacia el efectivo o hacia terceros con actitud hostil, se considerará un acto justificado el uso de este tipo de elementos. También se habilita su uso cuando un sospechoso intente fugarse.
Las armas no letales autorizadas por la cartera de Seguridad para aprehender agresores son:
- Las pistolas que inmovilizan al objetivo mediante descargas eléctricas no letales.
- Las pistolas que disparan municiones con substancias irritantes u otros productos químicos no letales.
- Los artefactos eléctricos específicos para uso policial que provocan descargas no letales.
- Gases paralizantes.
- Cualquier otro armamento no letal aprobado «conforme a la reglamentación y que cumpliera los mismos fines».