Abr 21 2025
Abr 21 2025

Por la sequía, el Gobierno dispone beneficios fiscales para productores

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Massa anunció que se dispondrán “medidas excepcionales” para los sectores afectados. 

El Gobierno Nacional va a disponer una serie de medidas excepcionales, para aliviar el impacto sobre productores agropecuarios de “la sequía más grave de la historia argentina” que incluirá la suspensión de intimaciones y beneficios fiscales para la venta forzosa de vientres, además de la eliminación de trámites para agilizar el acceso a los beneficios.

El ministro de Economía, Sergio Massa, anunció que se dispondrán “medidas excepcionales”, para paliar el efecto de una sequía que dejó a su paso “cosechas enteras perdidas, animales sin alimento muertos y sobre todo, productores que perdieron el trabajo de todo un año”.

“Hemos impulsado un decreto y posterior resolución conjunta entre la AFIP y el Ministerio de Agricultura para que todo productor agropecuario que esté en una zona declarada como de emergencia, no deba efectuar ningún trámite y pueda acceder de manera simple y directa a estos beneficios”, afirmó el ministro en un hilo de mensajes en su cuenta de Twitter.


Al respecto, la Secretaría de Agricultura detalló que el Poder Ejecutivo emitirá un decreto para que los productores que están en zonas de emergencia y que su actividad principal sea agropecuaria y/o ganadera, “accedan de manera automática a los beneficios de alivio fiscal que establece la ley de emergencia, sin necesidad de efectuar ningún trámite”.

“El decreto permitirá a la AFIP establecer un plan de facilidades de pago para las y los productores alcanzados por la emergencia tengan la posibilidad de regularizar todo tipo de deuda fiscal en hasta 48 cuotas mensuales”, informó la cartera que funciona en la órbita del Ministerio de Economía en un comunicado.

Según se explicó oficialmente, la cantidad de cuotas “dependerá de condiciones equitativas para la normalización de las deudas, considerando el origen y el tipo de deuda que pretende cancelar y la evaluación del grado de cumplimiento de sus deberes formales y materiales”.

Entre las obligaciones impositivas que podrán regularizarse estarán los recursos de la seguridad social, vencidas o cuya fecha de vencimiento opere en el mes de la presentación del plan de facilidades de pago, junto con sus intereses y multas.

Por otra parte, se suspenderán las intimaciones por falta de presentación de declaraciones juradas y pago de obligaciones, los juicios de ejecución fiscal y el levantamiento de los embargos en las cuentas bancarias.

También se suspenderá el pago de anticipos del Impuesto a las Ganancias y se otorgarán beneficios fiscales para la venta forzosa de vientres.

Además, el 100 por ciento de los beneficios derivados de la venta forzosa de hacienda bovina, ovina, caprina o porcina podrá deducirse del Impuesto a las Ganancias en el balance impositivo.

En el caso del monotributo, gozarán del beneficio las obligaciones mensuales correspondientes al componente impositivo cuyos vencimientos operen durante el período de vigencia del estado de emergencia o zona de desastre agropecuario.

“Estas decisiones permitirán asistir de manera efectiva y directa a más de 60 mil productores agropecuarios cuyas provincias han declarado la emergencia”, aseguraron desde la cartera económica.

Fuente: Télam

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