Oct 14 2024
Oct 14 2024

El RIGI enfrenta al país a una eventual apropiación de recursos naturales por los próximos 30 años

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Por Guillermo Lipis

El Régimen de Incentivos a las Grandes Inversiones, promovido por el gobierno nacional y respaldado por buena parte de la oposición y los gobernadores, no contempla las consecuencias ambientales ni los derechos colectivos de las poblaciones afectadas por los proyectos extractivos.

Organizaciones ambientalistas a lo largo y ancho del país coinciden en afirmar que la puesta en marcha del Régimen de Incentivos a las Grandes Inversiones (RIGI) es «un ataque a la agenda socio ambiental» argentina y que las empresas beneficiarias «tendrían prioridades para el acceso a la energía, agua o espacios físicos por encima de la población, lo que les otorga la posibilidad de imponerse por sobre los derechos colectivos».

El debate sobre el RIGI parece concentrarse en cuestiones económicas, aunque las implicancias de los privilegios tributarios, aduaneros y cambiarios que favorecen a los mega proyectos resultan algo más complejas. Y ni hablar del tema ambiental, totalmente soslayado en las discusiones parlamentarias ocurridas, salvo en las serias advertencias realizadas por múltiples grupos y organizaciones ambientalistas del país.

¿De qué hablamos cuando hablamos del RIGI?

El artículo 162 del proyecto de la Ley Bases creo el Régimen de Incentivo para las Grandes Inversiones con aplicación en todo el territorio nacional y por el que se pretende brindar certidumbre y un sistema de protección de derechos adquiridos a empresas nacionales y extranjeras que realicen una inversión mínima de 200 millones de dólares, aunque para los Proyectos de Exportación Estratégica de Largo Plazo el monto mínimo se amplía hasta 1.000 millones de dólares.

Al RIGI pueden adherir los Vehículos de Proyecto Único (VPU) que califiquen como titulares de una “gran inversión”, y son las que gozarán de derechos adquiridos asimilables a la propiedad y una estabilidad tributaria, aduanera y cambiaria, por 30 años.

Para el lector no avezado, se consideran VPU -entre otras- a las sociedades anónimas, unipersonales, de responsabilidad limitada, sucursales de sociedades extranjeras y uniones transitorias de empresas propietarias de esas inversiones.

El fundamento constitucional invocado por el proyecto de Ley Bases para sostener el RIGI es el artículo 75 inciso 18 de la Constitución Nacional que refiere a la cláusula de “prosperidad del país, al adelanto y bienestar de todas las provincias” o “progreso” que busca promover el desarrollo provincial y del país desde “concesiones temporales de privilegios y recompensas de estímulo”.

Este artículo constitucional se complementa con el texto del inciso 19 del artículo 75 de la Constitución, conocido como la cláusula de “desarrollo humano” que relaciona al progreso económico con la justicia social, capítulo del RIGI que, curiosamente, omite esta referencia. Algo así como “progreso” o “prosperidad”, pero sin “desarrollo humano”. Una entrega de recursos naturales ejecutada por encima de los derechos colectivos de la población, un fomento de las grandes inversiones y la plena desprotección ambiental.

Las coincidencias en contra del RIGI

La Patriada Web entrevistó a voceros de numerosas organizaciones ambientalistas y todos coincidieron en detallar los problemas ambientales que acarreará la aplicación del RIGI. Cabe destacar que también realizamos la correspondiente comunicación con la Subsecretaría de Ambiente de la Nación, pero voceros del área de Prensa respondieron que las autoridades no están «hablando de ese tema».

La organización ambientalista Greenpeace expresó su “rechazo rotundo” al RIGI porque “compromete al ambiente, los ecosistemas y la salud al permitir que grandes corporaciones extractivas de sectores como la minería y los hidrocarburos tengan acceso prioritario a los bienes comunes de la naturaleza como el agua por sobre el uso de las personas y habilitando ganancias económicas extraordinarias a través de exenciones impositivas y jurídicas por 30 años en detrimento de las economías locales”.

Desde Greenpeace hicieron énfasis en que “la normativa no impone condiciones de evaluación de impacto de los proyectos que sean aprobados y no garantiza la consulta a las poblaciones locales, pueblos indígenas y ciudadanía«, hecho que no condice “con las regulaciones de protección ambiental vigentes y tan necesarias en tiempos de crisis climática y de biodiversidad”.

Para la Fundación de Ambiente y Recursos Naturales (FARN) el RIGI tiene dos caras: implica “un fomento para las grandes inversiones y, a la vez, la desprotección del medio ambiente”.

El RIGI no sólo pretende eliminar la coexistencia entre poderes nacionales y provinciales, sino que también se inmiscuye en las atribuciones de los jueces al determinar que la Justicia deberá impedir la aplicación de cualquier norma nacional o local que represente un obstáculo» para el Régimen», detallaron desde FARN.

Y agregaron que, «dado que las grandes inversiones que promueve el RIGI se darán a través de proyectos ubicados en las provincias, el artículo 124 de la Constitución Nacional dice que corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio. En este sentido, las leyes provinciales orientadas a proteger el ambiente y la naturaleza nunca podrán ser consideradas nulas, sin importar que se opongan al RIGI».

Sobre el impacto ambiental, especificaron que «no se debe olvidar que corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección del medio ambiente, y a las provincias establecer las leyes necesarias para complementarlas sin que alteren las jurisdicciones locales».

Sobre el impacto en la desprotección del medio ambiente, explicaron que el RIGI “favorecerá a mega proyectos de infraestructura, forestales, de hidrocarburos y mineros… con altos impactos ambientales, ecosistémicos y sociales. Sin embargo, el RIGI omite cualquier referencia a la variable ambiental. Se exigen planes de inversión, factibilidad técnica y económica de los proyectos, pero no existe mención alguna a su sustentabilidad socioambiental”.

Ariel Slipak, economista y coordinador del área de investigación de FARN y docente de la Universidad de Buenos Aires (UBA), ratificó a La Patriada Web que el RIGI “es un ataque a la agenda socio ambiental”.

Como contrapartida, Slipak agregó que “la información y la participación pública es muy importante”, y lo relacionó a la reciente limitación al Acceso a la Información Pública que decretó el gobierno nacional.

“Limitar el acceso a la información pública, limitar lo que se puede preguntar o dotar de herramientas a funcionarios públicos para que no respondan los pedidos de acceso a información pública es un tema de suma gravedad que se realiza en este en este mismo marco. El panorama es sombrío”, sentenció.

Sobre el tema, y antes de esta limitación decretada, FARN realizó un pedido Acceso a Información Pública.

“Le preguntamos al Estado Nacional si habían hecho un análisis del régimen de inversiones mineras, que es parecido en beneficios fiscales que obtiene la minería. El Estado nacional nos dio el listado de las casi mil empresas inscriptas e indicó las 42 que tienen los beneficios activos, pero no supieron estimar cuánto es el gasto tributario que, por definición, es lo que se deja de recaudar por la estabilidad fiscal de la minería de 30 años; o cuánto dejamos de recaudar por las exenciones de ganancias”, con la aplicación del RIGI.

“El Estado Nacional no puede hacer una evaluación de eso. Es interesante destacar que el RIGI es el régimen más parecido de beneficios económicos al de la promoción de actividades extractivas, y este gobierno no lo sabe evaluar”, explicó Slipak.

“De hecho, nos contestaron por escrito que el funcionario que está a cargo es nuevo, como si fuera excusa para no contestar de manera detallada un análisis económico de cuánto se deja de recaudar. No pueden evaluar el régimen más parecido al RIGI y dicen que esto va a generar ingreso de divisas y demás”, aseveró Slipak no sin un dejo de ironía.

Y respecto al tema socioeconómico y empleo, aseveró que “también es perjudicial”.

“No estamos diciendo con claridad que el RIGI es perjudicial, no genera empleos -como dice el gobierno que va a generar- y tampoco producirá ingreso de divisas”, agregó.

El economista explicó que “justamente en la propia Ley Bases y en el RIGI se establece que los beneficiarios del VPU, desde el tercer año o cuarto año, según el volumen de inversión, pueden no ingresar las divisas, por lo tanto, no se genera un beneficio económico. Y es perjudicial para la generación de empleos porque los tipos de actividades que se promueven son destructivas del empleo con mejores salarios vinculados al turismo o no promueve la paridad de género”, explicó.

Para la FARN, según su informe ambiental del presente año, en Argentina se niega “la importancia del ambiente y el ataque a las leyes de presupuestos mínimos ignora la crisis ecológica, climática y de contaminación, los acuerdos internacionales a los que la Argentina suscribe”.

Esta crisis ambiental pone en jaque la existencia y el bienestar de las personas al atentar contra los ecosistemas necesarios para sostener la vida misma”, concluyó Slipak.

Para Manuel Jaramillo, director ejecutivo de la Fundación Vida Silvestre, “la preocupación en temas ambientales vinculada al RIGI está basada en el segundo párrafo del artículo 165 de la Ley Bases, que establece que no puede haber más normas nacionales, provinciales o municipales que afecten durante un periodo de 30 años el desarrollo de las inversiones que se acojan al régimen de inversiones”.

En diálogo desde Ecuador con La Patriada Web, explicó que esto -por ejemplo- “condiciona la posibilidad de regular temas de uso de los recursos naturales como el agua, el suelo o la biodiversidad, que en un contexto de crisis climática y de contaminación cada vez más creciente y evidente, pueden asociarse en ese periodo de 30 años”.

Jaramillo coincidió con que la aplicación del RIGI, “es una afrenta a la jurisdicción de las provincias en relación a los recursos naturales porque esa jurisdicción es asignada a las provincias en la reforma constitucional de 1994, y que una ley nacional establezca esta restricción de autorregular esta gestión de recursos naturales por las provincias es un avasallamiento al concepto federal de nuestro país”.

Jaramillo también se mostró sorprendido con que varias provincias hayan adherido al RIGI de forma plena, sin hacer ninguna salvedad a este artículo en particular.

Verónica Gotissa, integrante de la asamblea PUCARA (Pueblos Catamarqueños en Resistencia y Autodeterminación) consideró que “la aplicación del RIGI es una forma de agudizar algo que no es nuevo, solo que ahora es un escenario con mayores beneficios y menos controles”.

“En términos de experiencia territorial, lo que menos necesitamos es seguir fomentando megaproyectos que se desconecten del territorio”, y recordó que en Catamarca ya tienen el caso de un río seco.

Se trata del Vega Trapiche, en el Salar del Hombre Muerto, en Antofagasta de la Sierra, y fue producto del extractivismo de litio que utiliza millones de litros de agua dulce y salada, “que genera daños irreversibles a los ecosistemas y a los humedales de la Puna”.

Lejos de acercarse a lo que regionalmente se necesita para una economía y su desarrollo, Gotissa considera que “fomenta lo que ya conocemos hace más de 25 años: trabajo precarizado. O, tal vez, ni siquiera sea una fuente de trabajo para los catamarqueños, porque una de las cosas que modifica el RIGI es que ni siquiera será necesario contratar mano de obra local”.

La ambientalista dijo a La Patriada Web, en diálogo desde Catamarca, que “lo que lo que menos necesitan las empresas son más beneficios. Hace más de 25 años que se promueven trabajos precarizados, no calificados y ni siquiera se cumplía con la mínima contratación local requerida con lo cual, lejos de atender la necesidad local, que tiene más de un 60% de pobreza, el RIGI vendría a agudizar un modelo económico que ya ha fracasado”.

Una carta de rechazo

 PUCARA participó junto a otras organizaciones ambientalistas provinciales y nacionales de reuniones que culminaron en la redacción de una carta para ser presentada en todas las legislaturas provinciales.

Desde la misma se exigieron “a las autoridades de los gobiernos provinciales y municipales que rechacen la adhesión al Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones incluido en la “Ley Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos” (27.742).

Consideraron al RIGI como una “vulneración inconstitucional de los derechos consagrados en la Constitución Nacional y en los distintos acuerdos internacionales suscriptos por nuestro país en las últimas décadas, particularmente en materia ambiental y de recursos hídricos”.

“El RIGI es contrario al artículo 41 de la Constitución Nacional, a todo principio de «no regresividad en materia ambiental», a la Ley General de Ambiente, a las políticas de mitigación y adaptación al cambio climático, a los Objetivos de Desarrollo Sostenible, a la Agenda 2030 del Acuerdo de la COP de París de 2015 y a cualquier tipo de planificación que sirva a las mayorías populares y esté en armonía con la naturaleza”.

“El carácter inconstitucional del RIGI implica que quienes adhieran y promuevan este régimen deberán asumir una alta conflictividad social por las consecuencias ambientales, económicas y sociales de su implementación”, advirtieron.

Y agregaron que “según lo dispuesto en su Capítulo XI – Artículo 224, la legislación invita a las provincias, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los municipios a adherir al RIGI en todos sus términos y condiciones, lo que implicaría ceder parte de la autonomía de las provincias, en términos políticos, legales y ambientales. Desde el movimiento socioambiental señalamos que esos términos y condiciones son una amenaza para el acceso al agua, para los territorios, los bienes comunes, y los derechos inalienables de las poblaciones locales, y por eso consideramos necesario mantener a nuestras localidades por fuera de sus implicancias”.

Explicar lo que parece inexplicable

Al cierre de esta nota siete provincias adhirieron oficialmente al RIGI, asegurando su participación en este régimen de incentivos: Río Negro, Mendoza, San Juan, Chubut, Jujuy, Salta y Chaco.

¿Cómo interpretan que haya provincias que adhirieron al RIGI? ¿No hicieron un análisis de riesgo, no les importó, o qué parámetros condicionaron esa adhesión?, consultó La Patriada Web.

Manuel Jaramillo: Han adherido las que tienen principal interés en hidrocarburos y minería, y la gran sorpresa es Chaco, que podría tener interés en bosques. Creo que hay una falta de análisis ante la necesidad inmediata de las provincias. También es posible que, considerando nuestro marco de inestabilidad política consideren que aunque adhieran, llegado el caso de que tengan que hacer alguna modificación en la legislación -en los próximos 30 años- podrán hacerlo generando nuevas leyes o derogando la legislación vigente. Sabemos que la seguridad jurídica en nuestro país no ha sido lo más destacable y posiblemente el sector político que hoy adhiere al RIGI, aún con las restricciones que se autoimponen, considere que llegado el caso podrán modificarlas.

Ariel Slipak: Muchos gobiernos provinciales están coludidos (aliados) con las empresas extractivas; tienen una visión del desarrollo en donde creen que la llegada de estas inversiones implicará desarrollo. Laboralmente hablando, en los 90 hubo una competencia entre los países latinoamericanos para ver quién flexibilizaba más. La idea que subsiste en algunos gobiernos es que pueden atraer inversiones si la mano de obra es menos costosa también aplicable a la política ambiental, sector en el que las leyes deben ser flexibilizadas porque son consideradas como un escollo para las inversiones. Es una lógica -para ellos- gobernar garantizando a los inversores esta estabilidad jurídica que les da el RIGI, pero en realidad son una serie de privilegios que van en detrimento de la población. Es una concepción de desarrollo que la historia ya ha demostrado que fue perjudicial porque se así como se ha competido siendo menos costoso, devaluando monedas o con menos costos tributarios, el menor costo a través de normas laborales va en detrimento de la población. Creo que existe un imaginario con esta promesa de desarrollo que va a venir con las inversiones que, si por ejemplo, nos remitimos al tipo de perfiles que tuvo la Ley de Inversiones Mineras con la minera Bajo La Alumbrera o la minera del altiplano que explota el litio en el Salar del Hombre Muerto, en Catamarca, no veo que haya un gran impulso de empleos. Tampoco ocurre en Vaca Muerta, donde tenemos tasas de pobreza y de indigencia mayores al promedio patagónico. Esta esta promesa de desarrollo económico es falsa.

El «verdadero” significado del RIGI

La Asamblea Jáchal No Se Toca expresó que “el verdadero significado de este régimen se esconde en sus siglas: “Rendición Incondicional ante los Gerentes Internacionales (RIGI), que dará como resultado una República Indefensa ante la Gobernanza Internacional (RIGI) haciendo una Reasignación Inmoral de Garantías Inconstitucionales (RIGI)”. (https://jachalnosetoca.com/php/articulo.php?id=96)

“El RIGI es un Pésimo Negocio para la Argentina”, concluyeron.

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