Inocencia Fiscal: el Gobierno reglamentó un blanqueo permanente para los «dólares del colchón»

0

En un contexto de escasez de divisas que pone en tensión su plan económico, el Ejecutivo publicó el decreto que amplía de forma drástica los umbrales de evasión, establece un amplio perdón fiscal y pone en marcha el Régimen Simplificado de Ganancias.

El Gobierno nacional reglamentó la Ley de Inocencia Fiscal, una norma que se inscribe en la estrategia oficial para captar los llamados “dólares del colchón” e intentar reforzar unas reservas golpeadas, en medio de las dificultades para sostener el plan económico.

La ley, sancionada en diciembre pasado, fue reglamentada este lunes a través del Decreto 93/2026, que activó formalmente el Régimen Simplificado de Ganancias. El esquema reduce sanciones y multas vinculadas a delitos e infracciones por evasión, y habilita un mecanismo de regularización con fuertes beneficios para los contribuyentes alcanzados.

El objetivo declarado del Ejecutivo es incentivar a quienes mantienen dólares no declarados a incorporarlos al circuito formal. Para ello, la administración de Javier Milei y Luis Caputo ofrece un amplio y controvertido esquema de perdón fiscal, que limita los controles patrimoniales a cambio de un compromiso de cumplimiento futuro.

El corazón de la norma está en la modificación del Régimen Penal Tributario y del Código Civil y Comercial, que elimina la posibilidad de revisar consumos y patrimonios no declarados, siempre que el contribuyente cumpla en adelante con la facturación declarada ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

Uno de los aspectos más disruptivos es la creación del Régimen Simplificado de Ganancias, pensado para contribuyentes con un patrimonio de hasta 10.000 millones de pesos, lo que amplía significativamente el universo alcanzado por el beneficio.

Los ejes de la medida

  • Blindaje patrimonial: quienes adhieran no podrán ser fiscalizados por incrementos patrimoniales o consumos no declarados.

  • Impuesto sobre facturación: ARCA solo cobrará el Impuesto a las Ganancias en función de los ingresos facturados. El aumento del patrimonio o el nivel de gastos no será objeto de control ni podrá utilizarse para presunciones de evasión.

  • Efecto liberatorio: el artículo 39 establece que el pago en término de la declaración propuesta por ARCA libera al contribuyente de reclamos posteriores, salvo que se compruebe la omisión de ingresos facturados.

Umbrales y plazos del “perdón”

La ley eleva de manera drástica los montos a partir de los cuales un incumplimiento es considerado delito penal:

  • Evasión simple: de 1.500.000 a 100.000.000 de pesos.

  • Evasión agravada: de 15.000.000 a 1.000.000.000 de pesos.

  • Prescripción: se reduce de 5 a 3 años.

Extinción de causas y regularización

La reglamentación también detalla los mecanismos para regularizar deudas pendientes y extinguir acciones penales y multas:

  • Cancelación única: ARCA no iniciará acciones penales si se cancela la deuda con intereses. Este beneficio solo puede utilizarse una vez.

  • Recargo del 50%: si no existe denuncia penal, el contribuyente podrá extinguir la acción pagando la deuda más un adicional del 50% dentro de los 30 días de la notificación.

  • Sanciones por incumplimiento: como contrapartida al relajamiento de los controles, se incrementarán las multas económicas para quienes presenten declaraciones fuera de término.

La reglamentación consolida así un blanqueo de hecho y permanente, que apunta a atraer divisas en un contexto de fragilidad macroeconómica, pero que vuelve a poner en debate el impacto institucional, distributivo y ético de un esquema que premia a quienes evadieron durante años.

Salir de la versión móvil