Ordenan al Gobierno cumplir la emergencia en discapacidad o multarán a funcionarios

0

El Estado nacional tiene cinco días hábiles para acreditar avances concretos en la implementación de la Ley de Emergencia en Discapacidad. El Juzgado Federal de Campana advirtió que, en caso de incumplimiento, podrían aplicarse multas a funcionarios responsables.

El Juzgado Federal de Campana, a cargo del magistrado Adrián González Charvay, intimó al Estado nacional a presentar, en un plazo de cinco días hábiles, documentación que demuestre avances efectivos en la implementación de la norma. La decisión se enmarca en un amparo colectivo que tramita por las demoras en el cumplimiento de la Ley de Emergencia en Discapacidad.

La causa se originó a partir de un recurso presentado contra el Poder Ejecutivo y el Ministerio de Salud, iniciado por un padre en representación de sus hijos.

Exigen pruebas concretas

Según indicaron familiares de personas con discapacidad en un comunicado, el fallo obliga al Estado a presentar “documentos reales” que acrediten el cumplimiento de la sentencia. El juzgado aclaró que no aceptará más informes genéricos basados en “evaluaciones”, “análisis” o “proyectos”, sino constancias concretas que den cuenta de avances efectivos.

Advertencia de sanciones

Tras la definición judicial, la actriz y madre de un adolescente con discapacidad, Valentina Bassi, expresó en sus redes sociales: “La ley se tiene que cumplir: si en 10 días hábiles no cumplen comenzarán las multas para los funcionarios”.

La intimación incluye un apercibimiento expreso: ante un eventual incumplimiento, el juzgado podría aplicar sanciones, entre ellas multas a los responsables de no implementar la norma.

Ley de Emergencia en Discapacidad

La apelación no suspende la obligación

Aunque el Estado nacional apeló la resolución, el recurso fue concedido con “efecto devolutivo”. Esto implica que la apelación no suspende la obligación de cumplir de manera inmediata con lo ordenado por el juez.

En el expediente N° 44035/2025 intervienen también la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) y la Asesora de Menores, lo que refuerza el carácter colectivo y el interés público del reclamo.

Para que el cumplimiento sea considerado válido, la Justicia exige la presentación de una serie de medidas clave:

  • La resolución que actualiza los aranceles a los centros prestadores, con vigencia desde enero de 2025.

  • El plan de pago de la compensación adeudada.

  • La apertura del plan ARCA para la refinanciación de deudas.

  • El decreto reglamentario de la Ley de Emergencia en Discapacidad, que registra un retraso de tres meses.

Fecha límite para la plena ejecución

El juzgado fijó un plazo definitivo para la plena ejecución de la ley: el 4 de febrero de 2026. Para esa fecha, la norma deberá encontrarse completamente operativa, con el decreto reglamentario publicado, los aranceles liquidados y los planes de pago habilitados.

Como parte del control judicial, una auditoría confirmó que el expediente administrativo EX-2026-554412-APN-DAJ#AND permanece en la repartición iniciadora desde el 3 de enero de 2026, lo que refuerza la exigencia del juzgado para que el Estado acelere los tiempos administrativos.

La resolución abre un nuevo capítulo en el conflicto judicial y coloca al gobierno de Javier Milei frente a un cronograma estricto, con posibles consecuencias personales para los funcionarios en caso de incumplimiento.

Salir de la versión móvil